OPINIÓN: Jubilaciones y Pensiones un fiasco para los trabajadores dominicanos


Por Milton Fernández

Otto Von Bismarck, canciller Alemán, en el año 1883, inicia la protección en salud, como un derecho social, pero Japón desde antes de la Segunda Guerra Mundial fue uno de los principales impulsores mundiales de la seguridad social, al haber creado el Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar y su propio sistema de pensiones e incapacidad. Pero no es hasta el año 1945,
que nuestro país por presiones internacionales, específicamente de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), implementa la Caja de Seguro y/o Instituto de Seguridad Social (IDSS), el cual da lugar a los primeros servicios de “protección social” en R.D. implementado mediante el Código de Trabajo de Trujillo, el cual se fundamento más en la reducción de 12 a 8 horas de trabajos, y tocaba la protección en salud, invalidez y muerte, el mismo fue modifico en 30 del mes de Agosto del año 1948, por la ley 1896, sin embargo no es hasta el año 1959 que se crea una ley de pensiones y Jubilaciones, siendo modificada en varias ocasiones cuya última modificación fue la ley 379-81, en la cual se crea una protección en Jubilación y pensiones para los empleados públicos y funcionarios, desde el año 1981, en la gestión gubernamental del instinto presidente Antonio Guzmán Fernández, desde la fecha no se habían modificado el sistema de pensiones de la R.D., hasta que el 1 del mes de mayo del año 2001, se aprueba en el Congreso el proyecto de ley sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), promulgando la ley 87-01, el día 09 de mayo del 2001.

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