Según establece el Artículo 4 de la referida Ley, el monto de la emisión y colocación de los valores, que se aprueba mediante la presente Ley, estará determinado por la modalidad de colocación que establezca el Ministro de Hacienda.
Mientras que en el Artículo 5 se establece que el monto aprobado por esta Ley deberá ser colocado dentro del ejercicio presupuestario de 2016, de acuerdo con la programación que al respecto disponga el Ministro de Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Crédito Público.
Asimismo, los diputados en la sesión de este martes, declararon de urgencia el proyecto de ley que modifica la Ley No.527-14, del 12 de noviembre del 2014, del Presupuesto General del Estado para el año 2015.
La pieza legislativa fue aprobada en dos lecturas consecutivas.






0 comentarios:
Publicar un comentario