Santo Domingo, 23 mar.- El presidente Danilo Medina dispuso este lunes que los vehículos dedicados al transporte y distribución de mercancías, insumos y combustibles, puedan circular dentro del horario establecido para el toque de queda, que se cumple de 8:00 de la noche a 6:00 de la mañana.
Medina, a través del decreto 135-20, ordenó que también sean excluidos del horario de excepción los vehículos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía eléctrica, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, para atender “exclusivamente” situaciones de emergencia.
También se permitirá el libre tránsito durante el toque de queda de aquellas personas que trabajan en puertos y aeropuertos, siempre que presenten una identificación de su lugar de trabajo.
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