Por ELVIRA GUILLEN
SANTO DOMINGO.- Juan Manuel Rosario, quien junto a otros profesionales participó en la elaboración del Plan Nacional de Regularización original y el jurista Julio Cury, coincidieron en que el proyecto de naturalización elaborado por el Poder Ejecutivo viola la Constitución.
Rosario denunció que en el país se impuso “una censura para evitar por todos los medios que las personas que disienten del proyecto de ley de naturalización enviado por Danilo Medina al Congreso de la República, no puedan hablar”.
Entiende que la pieza viola la Constitución y la sentencia 168-13. Señaló que a través de una “férrea dictadura mediática se quiere hacer creer que todo está bien y que todo el mundo está de acuerdo”.
Manifestó que salvo excepciones de periodistas honestos que siempre han colaborado con las mejores causas de la República Dominicana, medios de comunicación se han alineado a la orientación trazada desde algún punto del centro de poder para que el que disidente no tenga cobertura en la prensa radial, televisiva y escrita.
De su lado, Cury dijo que tiene sus reservas de la ley de naturalización. Opinó que aunque el proyecto está bien intencionado, viola el artículo 110 de la Constitución, el cual prohíbe que las leyes surtan efectos retroactivos.
Explicó que una situación de hecho reputada ilícita por la ley vigente no puede ser validada de manera retroactiva por una ley nueva.
“Reconocer ahora como dominicanos a quienes no lo eran por aplicación del criterio de ius soli al tenor de la normativa constitucional y legal que estuvo en vigor entre el 1929 y 2010, equivale a desconocer que la ley solo dispone y se aplica para el porvenir, jamás sobre situaciones establecidas en el pasado excepto las excepciones constitucionales previstas”, sostuvo.
A su juicio, la iniciativa contradice el carácter obligatorio de las leyes después de que son promulgadas y publicadas.
“Reconocer de buenas a primeras como dominicanos a los hijos de inmigrantes ilegales, supone que lo que al efecto disponía tanto la Ley de Inmigración No. 95, del 1939, como la Ley sobre Naturalización No. 1683, del 1948, era de cumplimiento optativo o discrecional, lo que indudablemente atenta contra el art. 109 de la Constitución”, sentenció Cury.
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